Ivace+i Energía y los dos perfiles industriales de la Comunitat
Ivace+i Energía —el área de energía del IVACE, ente adscrito a la Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio— es el gestor autonómico del Sistema CAE en la Comunitat Valenciana. El reglamento es estatal; lo que cambia aquí es sobre qué se aplica.
El primer perfil es la cerámica. Según ASCER, el 94 % de las baldosas españolas se fabrican en la provincia de Castellón, donde está el 80 % de las empresas del sector, y el sector aporta el 19,7 % del PIB industrial valenciano y el 14,3 % del empleo industrial regional. El Informe ASCER 2024 describe el balance energético del conjunto del sector español de baldosas —cuya producción está casi toda en Castellón— así: «Del total de energía consumida, el 90 % es gas y el 10 % es energía eléctrica», con 13 TWh de gas y 1,6 TWh eléctricos consumidos en 2024 y unos 42 equipos de cogeneración con 234 MW instalados. El ahorro que se certifica aquí es térmico —hornos, atomizadores, secaderos, recuperación de calores residuales—, no de iluminación.
El segundo perfil está en el sur y es opuesto. El informe sectorial del cuero y calzado de la Estrategia de reindustrialización de la Comunitat Valenciana 2024-2028 contabiliza 2.170 empresas fabricantes valencianas en 2022, el 52,4 % del total nacional, con el 92,9 % del empleo regional del sector en la provincia de Alicante y núcleos como Elche (7.973 empleados), Elda (2.987), Petrer (1.958) y Crevillent (1.053): nave pequeña, aire comprimido, motores y climatización, mucho más cerca del catálogo estandarizado.
Y el clima no es uniforme. El documento reconocido «Zonificación climática de la Comunitat Valenciana» (DRD 10/22, Resolución de 20 de mayo de 2022, DOGV nº 9348), redactado por el Instituto Valenciano de la Edificación e IVACE Energía, clasifica los 542 municipios valencianos «obteniéndose 11 zonas climáticas de las 13 posibles»: València (16 m) y Castelló de la Plana (27 m) quedan en B3 y Alicante/Alacant (5 m) en B4, pero Requena (694 m) es D3, Morella (985 m) D1 y Vistabella del Maestrat (1.245 m) E1. La misma bomba de calor no parte de la misma demanda de referencia en el litoral que en el Maestrat o en la comarca de Requena-Utiel.
Ayudas de eficiencia energética 2026: el 35 % y sus exclusiones
La convocatoria autonómica que más se solapa con el CAE industrial es «Ayudas en materia de eficiencia energética en empresas 2026» de Ivace+i Energía: bases por Resolución de 18 de agosto de 2025 (DOGV nº 10179, de 25/08/2025) y convocatoria por Resolución de 18 de junio de 2026 (DOGV nº 10391, de 25/06/2026), con plazo hasta el 29 de octubre de 2026 a las 23:59:59, dotación de 2.520.000 € con cargo a la línea presupuestaria S1003 «Ahorro y eficiencia energética» y financiación FEDER a través del Programa de la Comunitat Valenciana FEDER 2021-2027. Se resuelve en concurrencia no competitiva, por riguroso orden de entrada, con lista de reserva provisional si se agota el crédito antes del cierre.
La ayuda es del 35 % del coste subvencionable, con 10 puntos más para mediana empresa y 20 más para pequeña empresa o entidad sin ánimo de lucro, hasta 400.000 € por proyecto y 800.000 € por empresa. Cubre sustitución de equipos consumidores de energía, recuperación de calores residuales, variadores de frecuencia y motores de alta eficiencia, refrigeración, automatización y control, y sistemas de gestión y medida: casi el mismo catálogo que después genera CAE industrial.
Lo que conviene leer antes de prometer nada al cliente son las exclusiones, porque en la Comunitat Valenciana recortan justo los dos perfiles descritos arriba. Se exige inversión elegible superior a 10.000 € y un ratio económico-energético mínimo de 150 tep/M€ (ahorro de energía primaria anual sobre inversión elegible). Quedan fuera la instalación de equipos alimentados por combustibles fósiles —gas natural incluido— y los proyectos que supongan un aumento del consumo de fósiles, «incluida la cogeneración»; las instalaciones de energías renovables; y la mejora de envolvente, instalaciones térmicas e iluminación en edificios de uso administrativo, sanitario, comercial, residencial público —hoteles, hostales, apartamentos turísticos—, docente, cultural, recreativo, restauración, deportivo o residencial privado. Es decir: la renovación de cogeneración cerámica y buena parte de la reforma hotelera de costa no entran por esta línea, y su recorrido natural es directamente el CAE.
La secuencia entre ayuda y certificado importa más aquí de lo que suele suponerse. La convocatoria del IVACE establece que, «dado el carácter incentivador de las ayudas», la actuación no puede haberse iniciado antes de la fecha de registro de la solicitud de ayuda. Y el artículo 13.1 del RD 36/2023 obliga a que, si la actuación ha recibido financiación de un programa público de ayudas, el solicitante justifique en el expediente «el efecto incentivador del propio CAE, tal y como se haya recogido en el convenio CAE». Combinando ambas, el convenio CAE tiene que estar firmado antes de arrancar obra, no negociado después con la resolución de concesión ya en la mano.
Fuera de la industria, Ivace+i convocó ayudas al autoconsumo eléctrico para entidades locales (Resolución de 8 de abril de 2026, DOGV nº 10342 de 15/04/2026), que combinan préstamo bonificado al 0 % y subvención a fondo perdido para proyectos con costes subvencionables superiores a 10.000 €; el plazo cerró el 15 de mayo de 2026. En residencial, una instalación de aerotermia, solar térmica o autoconsumo puede acogerse además a la deducción autonómica del IRPF del 40 % —20 % en segunda vivienda—, con base máxima de 8.000 € por proyecto, vivienda y ejercicio (Ley 13/1997, en la redacción dada por el artículo 35 de la Ley 3/2020), que exige un certificado acreditativo emitido por el IVACE en un procedimiento separado y exclusivamente electrónico (SIA 1111037), con 30 días hábiles de plazo máximo de resolución.
Ni ventanilla valenciana ni MITECO: dónde se presenta de verdad
No existe un sistema valenciano de CAE ni un registro autonómico de certificados, y el expediente tampoco se presenta ante el MITECO. El artículo 13 del RD 36/2023 sitúa la solicitud ante el gestor autonómico —aquí Ivace+i Energía—, que revisa el expediente CAE y el dictamen de verificación favorable, emite los certificados y los preinscribe en el Registro Nacional de CAE, donde el Coordinador Nacional practica la inscripción definitiva. Los plazos son de 15 días para actuaciones estandarizadas y 30 para singulares hasta la emisión, y de 20 y 35 días hasta la inscripción definitiva, con silencio estimatorio y 10 días para subsanar.
El filtro valenciano tiene tamaño conocido. La Generalitat publicó el 6 de abril de 2026 que, de 376 expedientes tramitados desde 2023, 264 se habían resuelto favorablemente —más de 460 millones de kWh acumulados— y 112 no llegaron a certificado, por no haberse podido acreditar el ahorro o por desistimiento: casi tres de cada diez. El reparto sectorial es de 145 en industria, 63 en terciario, 49 en transporte y solo 7 en residencial, coherente con el perfil térmico descrito arriba. El ritmo, además, se ha acelerado: en octubre de 2025 la Generalitat comunicaba 142 certificados y algo más de 157 millones de kWh, de modo que en seis meses el ahorro medio por certificado ha pasado de en torno a 1,1 GWh a cerca de 1,7 GWh. Están entrando actuaciones más grandes, típicamente singulares de industria.
Tres detalles operativos propios. Primero, la plataforma electrónica estatal del Sistema de CAE sigue figurando como «actualmente en desarrollo» en la web del MITECO, así que la relación práctica es con IVACE. Segundo, sus trámites se presentan obligatoriamente por la sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es), con el formulario generado desde una aplicación web alojada en ivace.es, y firmar en nombre de un cliente exige un certificado de representante de persona jurídica admitido por el portal de la Generalitat o estar dado de alta en el Registro de Representantes de la ACCV, la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Comunitat Valenciana; para una ingeniería de fuera es un paso previo que conviene resolver semanas antes de la primera presentación, no el mismo día. Y tercero, cuando la actuación arrastra certificado de eficiencia energética del edificio, el registro autonómico se rige por el Decreto 39/2015, de 2 de abril, del Consell, y se opera desde una plataforma propia, gcee.aven.es, gestionada por el IVACE y separada de la sede general.