CAE y subvenciones: compatibilidad de ayudas.
Cuándo es compatible un CAE con subvenciones públicas y deducciones fiscales, y cómo declararlo.
Revisado el · Alejandro Junyent
El CAE se suma a casi todas las ayudas públicas, con una excepción: los programas financiados con cargo al FNEE. Estas respuestas explican cómo encaja con subvenciones, deducciones del IRPF, el Programa Auto+ y el autoconsumo, cómo se declaran las ayudas en el expediente y el límite del 100 % de la inversión.
¿Quién comprueba que tu CAE es compatible con tu ayuda?
Sanwa Energía revisa las ayudas que has pedido o recibido antes de abrir el expediente y te dice si alguna procede del FNEE, el único caso que impide ceder el ahorro. Trasladamos los datos de cada ayuda (programa, órgano gestor, año y cuantía) a la declaración responsable que firmas.
- Si la ayuda es del FNEE y aún no has cobrado nada, te explicamos cómo renunciar.
- Comprobamos que subvención y CAE juntos no superan el 100 % de la inversión.
- Te pagamos 110 €/MWh de ahorro certificado de entrada.
- ¿Puedo cobrar el CAE si ya recibí una subvención?
- Con carácter general sí: los CAE son compatibles con programas públicos de ayuda, excepto los financiados con cargo al FNEE (Orden TED/815/2023, art. 14.8).
- ¿Es compatible con las deducciones de IRPF por obras de eficiencia?
- Las deducciones fiscales no son subvenciones, por lo que no entran en la incompatibilidad FNEE. Lo cobrado por el CAE no reduce la base de la deducción: solo se restan las cantidades subvencionadas con ayudas públicas (Ley 35/2006, disposición adicional quincuagésima, apartado 4). En Sanwa Energía te recomendamos consultarlo siempre con un asesor fiscal para tener certeza en tu caso.
- ¿Es compatible con el Programa Auto+, el MOVES o programas de autoconsumo?
- Depende de la fuente de financiación de cada convocatoria: si el programa está financiado con cargo al FNEE, es incompatible; si se financia con otros fondos (p. ej., NextGenerationEU), en principio es compatible. El Programa Auto+, que sustituye al MOVES III desde 2026, se financia con los Presupuestos Generales del Estado (Real Decreto 609/2026, art. 5.3). Compruébalo en las bases reguladoras o consultando al IDAE.
- ¿Puedo renunciar a una ayuda FNEE para tramitar el CAE?
- Sí, siempre que no se haya producido ningún ingreso (ni anticipos). La renuncia expresa y la resolución del órgano gestor aceptándola deben aportarse al verificador y a la solicitud de emisión.
- ¿Cómo se declaran las ayudas en el expediente?
- Mediante declaración responsable del propietario original indicando si ha solicitado o recibido ayudas y, en su caso, programa, órgano gestor, año, norma reguladora y cuantía (art. 14.9.k). En Sanwa Energía te preguntamos por esas ayudas al abrir el expediente y trasladamos los datos a la declaración responsable que firmas.
- ¿Hay límite si sumo subvención + CAE? ¿Puede haber doble cómputo?
- Si hubo subvención compatible, la suma de subvención + ingresos por cesión de ahorros no puede superar el 100% de la inversión (art. 19.3 Ley 38/2003). Sin subvención, la contraprestación sí puede superar el 100% (el precio es libre). Un mismo ahorro solo puede certificarse y cederse una vez: la trazabilidad de los contratos lo garantiza.
Fuentes principales: FAQ oficiales del Sistema de CAE, MITECO v1.11 (12/08/2026); Real Decreto 36/2023; Orden TED/815/2023; Orden TED/845/2023; Orden TED/133/2026; referencias de mercado 2026. Este texto es informativo y carece de valor jurídico; prevalece siempre la normativa aplicable.
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