Qué cubre esta ficha
Rehabilitación de la envolvente térmica de edificios de viviendas: RES010 (superficie afectada mayor del 25 %) y RES020 (parte opaca, superficie afectada inferior o igual al 25 %)
- Rehabilitación de la envolvente térmica (fachadas, cubiertas, suelos, medianeras en contacto con el exterior o el terreno) de un edificio existente de uso residencial privado situado en la Península, Illes Balears, Ceuta o Melilla; Canarias tiene sus fichas gemelas RES011 y RES021.
- RES010: la actuación afecta a más del 25 % de la superficie total de la envolvente térmica final del edificio. Admite elementos opacos y huecos, porque el ahorro se calcula con el coeficiente global de transmisión de calor de toda la envolvente antes y después.
- RES020: la actuación afecta al 25 % o menos de la envolvente térmica final y se limita a los elementos opacos. Es la ficha habitual de un SATE o un trasdosado de fachada, de una cubierta o de un suelo aislados de forma aislada.
- Quedan excluidas las actuaciones que consistan exclusiva o principalmente en rehabilitar espacios bajo cubierta no habitables (buhardillas, desvanes).
- La sustitución de ventanas por sí sola no va por estas fichas sino por la RES070; si la obra combina aislamiento y una bomba de calor, la RES080 de rehabilitación profunda certifica todo el salto entre certificados.
Variantes de la ficha
| Código | Ámbito | Notas |
|---|---|---|
| RES010 | Superficie afectada mayor del 25 % de la envolvente térmica final (elementos opacos y huecos) | Fórmula con los coeficientes globales Ki y Kf de toda la envolvente; el certificado de obra debe justificar el cálculo de ambos según CTE DB-HE1. |
| RES020 | Superficie afectada inferior o igual al 25 % de la envolvente térmica final, solo parte opaca | Fórmula elemento a elemento con Ui y Uf; exige identificar las capas intervenidas y que la instaladora esté inscrita en el REA. Ventanas solas: RES070. |
Requisitos técnicos
| Requisito | Valor límite |
|---|---|
| Umbral que separa las dos fichas: superficie de envolvente rehabilitada dividida por la superficie total de la envolvente térmica final del edificio, definida según el Anejo C del CTE DB-HE. | RES010 > 25 % · RES020 ≤ 25 % |
| Ninguna de las dos fichas fija un valor máximo de transmitancia final ni una reducción mínima de U: el ahorro es proporcional a la diferencia entre antes y después, así que un elemento que no cambia de transmitancia no aporta ahorro. | — |
| Los coeficientes de transmisión (K global en RES010, U por elemento en RES020) se calculan según el CTE DB-HE1 y los certifica la persona directora o responsable de la obra. | — |
| Coeficiente G de la zona climática del Anexo I, en miles de horas·K/año, con la zona del Anejo B del CTE DB-HE según provincia y altitud: A3 25, A4 26, B3 32, B4 33, C1 44, C2 45, C3 46, C4 46, D1 60, D2 60, D3 61, E1 74. | G = 25 a 74 |
| En RES010 la superficie S de la fórmula es la envolvente en contacto con el terreno y con el ambiente exterior, excluyendo la que linda con otros edificios o con espacios adyacentes exteriores. | — |
| En RES020 la empresa instaladora debe estar inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) como contratista o subcontratista, y el certificado de obra debe identificar las capas de la envolvente sobre las que se ha actuado. | — |
| Certificado de eficiencia energética registrado con la actuación ejecutada: el posterior en ambas fichas, o (solo en RES020) el previo justo antes de la obra que la incluya como medida de mejora. | — |
Documentación necesaria
- 1Formulario oficial de la actuación: hoja de cálculo del MITECO y el PDF que genera, firmado por el representante legal del solicitante (lo prepara Sanwa).
- 2Declaración responsable del propietario del ahorro sobre ayudas públicas solicitadas u obtenidas para la misma actuación (Anexo I de la ficha).
- 3Facturas de la inversión con descripción detallada de los materiales (espesor y conductividad del aislante) y ficha técnica del aislamiento instalado.
- 4Informe fotográfico del inmueble antes y después de la obra, con identificación de la superficie afectada.
- 5Certificado de la persona directora o responsable de la obra con el cálculo justificado de la superficie total de la envolvente y de la rehabilitada, los coeficientes de transmisión antes y después y los valores de las variables de la fórmula.
- 6Certificado de eficiencia energética previo y posterior, cada uno con su justificante de registro o etiqueta y su archivo CE3X (.cex): la plataforma exige el paquete completo de los dos certificados.
- 7Justificante de titularidad de la cuenta bancaria del titular para el pago por transferencia (puede aportarse después de tramitar).
Cómo se calcula el ahorro
RES010: AE_TOTAL = (Ki − Kf) · S · G, donde Ki y Kf son los coeficientes globales de transmisión de calor de la envolvente térmica antes y después de la actuación (W/m²K, según CTE DB-HE1), S la superficie de la envolvente en contacto con el exterior y el terreno (m²) y G el coeficiente de la zona climática del Anexo I (miles de horas·K/año). RES020: AE_TOTAL = Σ (Ui − Uf)j · Sj · G, sumando para cada elemento opaco rehabilitado j su transmitancia antes y después (W/m²K) por su superficie rehabilitada (m²). El resultado es energía final en kWh/año.
Ejemplo de cálculo con números
Supuesto
Vivienda en zona climática D3 (por ejemplo Madrid capital) con una envolvente térmica final de 300 m²: fachada de 120 m² (U = 1,2 W/m²K), cubierta de 100 m² (U = 1,0), suelo de 60 m² (U = 1,0) y 20 m² de ventanas (U = 5,7). Se aísla solo la fachada con un SATE que deja U = 0,3 W/m²K.
- Superficie afectada: 120 m² de fachada sobre 300 m² de envolvente final, es decir, 120/300 = 0,40 de la envolvente, más del 25 %: ficha RES010.
- Coeficiente G de la zona D3 (Anexo I): 61 miles de horas·K/año.
- Ki antes de la obra: (120·1,2 + 100·1,0 + 60·1,0 + 20·5,7) / 300 = 418 / 300 = 1,393 W/m²K.
- Kf después de la obra: (120·0,3 + 100·1,0 + 60·1,0 + 20·5,7) / 300 = 310 / 300 = 1,033 W/m²K.
- Ahorro RES010: (1,393 − 1,033) · 300 · 61 = 0,36 · 300 · 61 = 6.588 kWh/año.
- Comprobación por RES020 (si la fachada fuese el 25 % o menos de la envolvente): (1,2 − 0,3) · 120 · 61 = 6.588 kWh/año. Cuando solo cambia un elemento, las dos fórmulas coinciden; si además se aísla la cubierta hasta U = 0,25, el ahorro RES010 sube a 11.163 kWh/año.
- Ahorro anual certificable
- 6588 kWh/año
- Importe orientativo del CAE
- 590–720 €
Aplicación paso a paso de las fórmulas oficiales de las fichas RES010 y RES020 V1.2 con el coeficiente G del Anexo I; los datos de la envolvente son un supuesto, en un expediente real salen de los certificados energéticos previo y posterior. Los euros son orientativos, calculados con la conversión de la calculadora pública de Sanwa: el precio definitivo del CAE se fija por escrito en el estudio gratuito y depende del sujeto obligado o delegado que lo adquiera.
Por qué se rechazan estos expedientes
Motivos reales de devolución o rechazo observados en la revisión de expedientes de esta ficha, y cómo evitarlos antes de presentar.
Documento incompleto: falta alguno de los obligatorios que la plataforma comprueba al tramitar — fotos de antes y durante la obra, factura, ficha técnica del aislamiento, o el certificado energético previo o posterior sin su justificante de registro o sin su archivo .cex.
Cómo evitarlo: Reúne el paquete completo de cada certificado (PDF + registro o etiqueta + .cex) y la ficha técnica del material antes de tramitar; el formulario no deja publicar el expediente hasta que están todos.
Datos que no coinciden: la dirección o la referencia catastral de los certificados, la factura y el titular no se refieren al mismo inmueble, o el código postal no corresponde a la provincia de la instalación.
Cómo evitarlo: Comprueba que factura, certificados y titular llevan la misma dirección y referencia catastral y que el código postal casa con la provincia; la plataforma rechaza la combinación incoherente antes de calcular.
No corresponde: la factura describe materiales o superficies distintos de los que reflejan los certificados, o el certificado posterior no recoge la mejora de transmitancia de la envolvente.
Cómo evitarlo: Pide al certificador que el CEE posterior refleje el aislamiento real (espesor y conductividad del material facturado) en los cerramientos intervenidos; sin cambio de U no hay ahorro que certificar.
Fecha incorrecta: el certificado previo es posterior al inicio de la obra, la factura es anterior a la entrada en vigor del sistema CAE o el certificado final se registró antes de terminar la actuación.
Cómo evitarlo: La ventana de la actuación va de la primera factura al certificado posterior registrado; conserva un certificado previo (o su .cex) emitido antes de empezar la obra.
Documento ilegible o sin firma: fotos en las que no se distingue la superficie afectada, certificados escaneados sin el sello de registro o el certificado del director de obra sin firmar.
Cómo evitarlo: Fotografía cada paño antes y durante la colocación del aislante con referencias visibles del edificio, y firma el certificado de obra y la declaración responsable con firma electrónica o manuscrita completa.
Importe que no cuadra: el reparto del precio entre titular e instaladora no coincide con el total pactado con Sanwa para la empresa.
Cómo evitarlo: Revisa el reparto en la pestaña de precios antes de tramitar; la plataforma bloquea la publicación cuando la suma no coincide con el total configurado.
Compatibilidad con ayudas y deducciones
- Compatible con subvenciones públicas en general, salvo las financiadas con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE): Orden TED/815/2023, art. 14.8.
- Compatible con la deducción del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en la vivienda: no es una subvención, aunque el importe cobrado por el CAE minora la base de la deducción.
- Programas de rehabilitación de edificios financiados con fondos NextGenerationEU: en principio compatibles; conviene comprobar la fuente de financiación en las bases de la convocatoria.
- La declaración responsable de ayudas (Anexo I de la ficha) forma parte de la documentación obligatoria del expediente.
Preguntas frecuentes
- ¿Cómo sé si mi obra es RES010 o RES020?
- Por la superficie sobre la que se actúa: si la envolvente rehabilitada supera el 25 % de la envolvente térmica final del edificio es RES010; si es el 25 % o menos y solo afecta a elementos opacos, RES020. La envolvente se mide según el Anejo C del CTE DB-HE y la certifica el director o responsable de la obra; en un expediente Sanwa comprueba el porcentaje con las superficies de los certificados energéticos.
- ¿Hay que alcanzar una transmitancia mínima para cobrar el CAE?
- No. Las fichas RES010 y RES020 no fijan un valor de U final ni una reducción mínima; el ahorro es proporcional a la diferencia de transmitancia por la superficie y el coeficiente G. Sí es imprescindible que el certificado posterior refleje la mejora: un elemento cuya U no cambia no aporta ahorro.
- ¿Qué es el coeficiente G y de dónde sale?
- Es el factor de la zona climática, en miles de horas·K/año, que convierte la reducción de transmitancia en energía final. El Anexo I de cada ficha lo tabula por zona del CTE (de 25 en A3 a 74 en E1; 61 en D3). Cuanto más frío el clima, mayor ahorro certifica la misma obra.
- ¿Sirve la RES020 para cambiar las ventanas?
- No: la RES020 se limita a la parte opaca de la envolvente. La renovación de ventanas y lucernarios que afecte al 25 % o menos de la envolvente se tramita por la ficha RES070; si la obra supera el 25 % y combina opacos y huecos, entra entera en la RES010.
- ¿Necesito el certificado energético previo?
- La ficha RES010 exige el certificado posterior a la obra registrado; la RES020 admite como alternativa el previo registrado justo antes de empezar que incluya la actuación como medida de mejora. En la práctica Sanwa exige los dos certificados completos (PDF, registro y archivo .cex) porque el cálculo necesita las transmitancias y superficies de antes y de después.
- ¿Cuál es la vida útil de la actuación?
- Las fichas RES010 y RES020 no fijan una duración indicativa cerrada; el formulario oficial la toma de la Recomendación (UE) 2019/1658 o del criterio del técnico responsable, como el resto del catálogo residencial. Afecta a la duración del contrato de cesión del ahorro, no al importe anual que se certifica.