En la práctica
Los sujetos obligados liquidan a lo largo del año y, sobre todo, hacia el cierre del ejercicio, lo que concentra la demanda de certificados. En algunos convenios el pago al propietario del ahorro se vincula a la emisión o a la liquidación, así que conviene saber en qué hito se cobra.
Base legal
RD 36/2023, art. 2.s y art. 14; Orden TED/815/2023, art. 19.3