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Ficha TER040 · Terciario

¿Qué ahorro certifica la ficha CAE TER040 al cambiar la climatización de un edificio terciario por una bomba de calor?

Actualizado el 1 de octubre de 2026Publicado el 1 de octubre de 2026

La ficha TER040 (versión V1.1 del catálogo del MITECO) certifica el ahorro de energía final al sustituir por completo los equipos de calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria o calentamiento de piscinas de un edificio terciario, como un hotel, una oficina, un hospital o un colegio, por una bomba de calor de accionamiento eléctrico, sin afectar al resto de la instalación térmica. El ahorro se calcula por servicio con la diferencia de rendimientos estacionales entre el equipo retirado y el nuevo: en calefacción, potencia × (1/SCOP antiguo − 1/SCOP nuevo) × 1.152 horas de referencia; en refrigeración, lo mismo con el SEER y 768 horas. La ficha no añade requisitos propios a los del RITE y la normativa de gases fluorados.

Sector:
Terciario
Versión de la ficha:
V1.1
Revisión:
1 de octubre de 2026

¿Quién tramita la ficha TER040 por ti?

Sanwa Energía tramita el CAE de la bomba de calor de tu edificio terciario sin coste para el titular del ahorro: calculamos el ahorro de cada servicio con los rendimientos estacionales del equipo retirado y de la bomba nueva, y te pagamos 110 €/MWh de ahorro certificado de entrada.

  • Obtenemos el SCOP del equipo existente con el Anexo II y el de la bomba nueva con EPREL o su ficha técnica.
  • Preparamos con la empresa instaladora y la frigorista el certificado con los valores de la fórmula.
  • Reunimos facturas e informe fotográfico de antes y después.
  • Si falta la comunicación de puesta en servicio, también legalizamos la instalación.

Qué fichas tramitamos y cómo trabajamos

Qué cubre esta ficha

Sustitución de generador de climatización por bomba de calor de accionamiento eléctrico

  • Sustitución total del equipo o los equipos de climatización (calefacción y/o refrigeración), agua caliente sanitaria (ACS) o calentamiento de piscinas de un edificio del sector terciario: hoteles, restaurantes, hospitales, centros educativos, bibliotecas, centros culturales, oficinas o centros comerciales.
  • La bomba de calor nueva puede ser aire-aire, aire-agua, agua-agua, tierra-agua o tierra-aire, accionada eléctricamente; la actuación no afecta a los elementos que configuran la instalación térmica.
  • No se aplica a las bombas de calor cuyo compresor esté accionado térmicamente.
  • El rendimiento del equipo retirado se calcula con la metodología del Anexo II, pensada para bombas de calor existentes. La sustitución de una caldera de combustión por bomba de calor en un edificio terciario tiene su propia ficha, la TER100.
  • Cada servicio (calefacción, refrigeración, ACS y piscina) se calcula por separado y el ahorro total es la suma de todos.

Requisitos técnicos

Requisitos técnicos
La ficha no fija requisitos específicos, pero la instalación debe cumplir el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), el Reglamento (UE) 517/2014 sobre gases fluorados y el resto de la normativa aplicable.—
Horas de funcionamiento anuales en calefacción a potencia nominal (valor de referencia; puede sustituirse justificándolo ante el verificador).1.152 h/año
Horas de funcionamiento anuales en refrigeración a potencia nominal (valor de referencia, sustituible con justificación).768 h/año
SEER del equipo sustituido si es anterior a la entrada en vigor de los reglamentos de ecodiseño.SEER = 3
SCOP del equipo existente (Anexo II): SCOPs = COP × FP × FC, con el COP a 7 °C para aerotermia, 0 °C para geotermia y 10 °C para hidrotermia; FP según zona climática y tipo de bomba de calor; FC según la temperatura de impulsión (por ejemplo, 0,61 con el COP a 35 °C y una temperatura necesaria de 55 °C).—
Factor de ponderación FP del Anexo II para bombas de calor aerotérmicas centralizadas, de la zona A3–A4 a la E1.0,87 a 0,75
SCOP o SEER de la bomba nueva: el del fabricante a la temperatura necesaria, al menos en condiciones de clima medio de ecodiseño o de la zona equivalente (Anexo III: zonas A3 a D3, clima cálido; E1, clima medio). Hasta 70 kW, de la base de datos europea EPREL o de la ficha técnica.—
Conversión del rendimiento estacional sobre energía primaria (Anexo IV): SCOP = CC × (ηs,h + F(1) + F(2)), con F(1) = 3 % en bombas aerotérmicas, geotérmicas e hidrotérmicas y F(2) = 5 % solo en hidrotérmicas de captación de agua subterránea en circuito abierto.CC = 2,5
Demanda de ACS según el Anejo F del CTE DB-HE (2022), con acumulación a 60 °C y agua fría a 14 °C (Anexo VI).ΔT = 46 °C

Documentación necesaria

  1. 1Ficha cumplimentada y firmada por el representante legal del solicitante de la emisión de CAE.
  2. 2Declaración responsable del propietario inicial del ahorro sobre ayudas públicas solicitadas u obtenidas para la misma actuación (modelo del Anexo I).
  3. 3Facturas de la inversión con la descripción detallada de los equipos principales cuya ficha técnica da los datos del cálculo.
  4. 4Informe fotográfico del equipo de climatización antes y después de la actuación, con identificación de los equipos afectados.
  5. 5Certificado de la instalación de la empresa instaladora con los valores de las variables de la fórmula; si se usa fluido refrigerante, suscrito por la empresa frigorista y el director de la instalación (IF-10 del Real Decreto 552/2019).
  6. 6Cuando sea preceptiva, copia de la comunicación de puesta en servicio presentada en el registro de la comunidad autónoma.

Descargar la checklist documental de esta ficha (PDF) ↓

Cómo se calcula el ahorro

El ahorro total AETOTAL (kWh/año de energía final) es la suma de cuatro servicios. Calefacción: AEC = Σ [PCi · (1/SCOPsi − 1/SCOPni) · hCi], con PCi la potencia nominal de calefacción del equipo sustituido (kW), SCOPsi y SCOPni los rendimientos estacionales del equipo retirado y de la bomba nueva y hCi las horas anuales (1.152 de referencia). Refrigeración: AER = Σ [PFi · (1/SEERsi − 1/SEERni) · hRi], con 768 horas de referencia. ACS: AEACS = (1/SCOPsdhw − 1/SCOPdhw) · DACS · FP, con DACS la demanda anual de ACS. Piscina: AECAP = (1/SCOPspwh − 1/SCOPnpwh) · DCAP · FP, con DCAP la demanda anual de calentamiento. FP es un factor de ponderación que ajusta la demanda estimada al consumo real. La ficha pide además la duración indicativa Di.

Compatibilidad con ayudas y deducciones

  • Una actuación que haya recibido ayudas de un programa financiado con el Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) no puede pedir CAE: Orden TED/815/2023, art. 14.8.
  • La declaración responsable de ayudas públicas (Anexo I de la ficha) forma parte de la documentación obligatoria del expediente.

Preguntas frecuentes

¿En qué se diferencia la TER040 de la TER100?
Las dos son del sector terciario y acaban en una bomba de calor eléctrica. La TER100 es para sustituir una caldera de combustión y calcula el ahorro con el rendimiento de la caldera y la demanda del edificio; la TER040 sustituye un generador de climatización y compara rendimientos estacionales, con el método del Anexo II para el equipo existente.
¿Hay que usar siempre 1.152 horas de calefacción y 768 de refrigeración?
No. Son valores de referencia. La ficha permite sustituirlos, previa justificación, por cualquier medio o prueba que dé al verificador evidencias del valor aportado.
¿Cómo se obtiene el SCOP del equipo que se retira?
Con el Anexo II, que sigue el documento de prestaciones medias estacionales del IDAE de 2014: SCOPs = COP × FP × FC. El COP es el del equipo retirado; FP depende de la zona climática y del tipo de bomba de calor, y FC corrige por la temperatura de impulsión. Si el equipo es anterior al ecodiseño, en refrigeración se toma SEER = 3.
¿Qué SCOP de la bomba nueva se acepta?
El que facilite el fabricante a la temperatura necesaria, como mínimo en las condiciones de clima medio de los reglamentos de ecodiseño o en las de la zona climática equivalente. Para equipos con etiqueta energética (hasta 70 kW) vale el dato de la base de datos europea EPREL o de la ficha técnica.
¿Se puede usar la TER040 en un edificio de viviendas?
La TER040 es del sector terciario. La Resolución de 3 de julio de 2024 permite usar una ficha de otro sector solo cuando no exista una ficha equivalente para el sector de la actuación y se cumplan todos sus requisitos; en viviendas hay fichas residenciales propias, como la RES060 para cambiar una caldera de combustión por bomba de calor.
¿Quién presenta la solicitud y hay un ahorro mínimo?
La presenta un sujeto obligado o un sujeto delegado (Orden TED/815/2023, art. 14.1), y cada solicitud debe sumar al menos 30 MWh de ahorro, salvo en Ceuta y Melilla (art. 14.6).

Guía comercial y ejemplos de importes →

Fuentes oficiales

Documentos oficiales consultados para redactar esta página. Ante cualquier discrepancia prevalece el texto publicado en el BOE o por el MITECO.

Contenido informativo elaborado a partir de fuentes oficiales y de la operativa real de Sanwa Energía. No constituye asesoramiento jurídico; el texto oficial prevalece. Cómo elaboramos y revisamos este contenido

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