Saltar al contenido
Glosario CAE

¿Qué es Sujeto delegado?

Actualizado el 1 de octubre de 2026Publicado el 28 de agosto de 2026

Un sujeto delegado es la persona jurídica acreditada por el Coordinador Nacional que asume, por contrato de delegación, todo o parte de la obligación de ahorro de uno o varios sujetos obligados y tramita y liquida CAE por cuenta de ellos. Para acreditarse debe demostrar capacidad legal, técnica y económico-financiera (fondos propios mínimos, sistema de gestión de calidad y seguro de responsabilidad civil, entre otros requisitos). Es el agente que firma el convenio CAE con el propietario del ahorro (o con un intermediario), contrata al verificador y presenta la solicitud de emisión ante el gestor autonómico.

También:
SD

¿Quién lleva tu expediente de principio a fin?

Sanwa Energía tramita tus expedientes como gestoría energética, o gestor de CAE, y hace de oficina técnica de principio a fin. Si eres el propietario del ahorro, firmas con nosotros un contrato de cesión, con el precio por escrito, y no tienes que buscar ni elegir a ningún otro agente del sistema.

  • Calculamos el ahorro y reunimos la documentación.
  • Coordinamos la verificación con una entidad acreditada por ENAC y seguimos la solicitud de emisión.
  • Te pagamos la misma semana en que se emite el CAE.

En la práctica

Los sujetos delegados acreditados figuran en el listado público de MITECO. Si tramitas con Sanwa Energía, firmas con nosotros un contrato de cesión del ahorro y del resto del expediente nos encargamos nosotros, como oficina técnica.

Base legal

RD 36/2023, art. 2.d y art. 9; Orden TED/815/2023, arts. 3 a 9

Fuentes oficiales

Documentos oficiales consultados para redactar esta página. Ante cualquier discrepancia prevalece el texto publicado en el BOE o por el MITECO.

Contenido informativo elaborado a partir de fuentes oficiales y de la operativa real de Sanwa Energía. No constituye asesoramiento jurídico; el texto oficial prevalece. Cómo elaboramos y revisamos este contenido