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Glosario CAE

¿Qué es TRA050?

Actualizado el 1 de octubre de 2026Publicado el 28 de agosto de 2026

TRA050 es la ficha del catálogo CAE, del sector transporte, que certifica el ahorro de energía final de sustituir un vehículo de combustión o híbrido por uno eléctrico puro de la misma categoría. Desde el 4 de agosto de 2026 son dos fichas en versión 2.0: TRA050.P, para particulares, y TRA050.E, para empresas y para quien usa el vehículo en una actividad económica. El ahorro anual compara el consumo del vehículo sustituido, pasado a kWh, con el del eléctrico y lo multiplica por los kilómetros anuales; en la ficha de particulares, también por un factor según la antigüedad del vehículo sustituido.

También:
Ficha de sustitución de un vehículo de combustión o híbrido por uno eléctrico puro

¿Quién tramita la TRA050?

Sanwa Energía tramita la ficha TRA050 en sus dos versiones, TRA050.P para particulares y TRA050.E para empresas, y justifica los kilómetros reales con las últimas ITV cuando superan los de referencia, para que no sean motivo de subsanación.

  • Comprobamos la ventana entre la baja o la venta del coche antiguo y la compra del eléctrico.
  • Aplicamos el factor de antigüedad del vehículo sustituido.
  • Lo tramitamos sin comisiones.

En la práctica

En la ficha de particulares, el coche antiguo tiene que haber sido del solicitante más de dos años y haber tenido la ITV en vigor al menos nueve de sus últimos doce meses, y su baja, venta o exportación debe caer entre tres meses antes y seis meses después de la adquisición del eléctrico, que puede ser nuevo o de segunda mano, comprado o en leasing de más de dos años, pero no en renting. En turismos de gasolina o diésel y en sus híbridos, el consumo del coche antiguo es un valor fijo de la ficha. Los kilómetros son los de referencia (12.295 al año en un turismo) salvo que se acrediten los reales: con las últimas ITV o, si no hay ninguna, anualizando desde la matriculación hasta la factura del cambio los kilómetros del cuentakilómetros que figuren en el contrato de venta. Declarar kilómetros reales sin esa justificación es motivo de subsanación.

Base legal

Orden TED/845/2023, anexo I, ficha TRA050, desdoblada en TRA050.P y TRA050.E (V 2.0) por la Resolución de 30 de julio de 2026

Fuentes oficiales

Documentos oficiales consultados para redactar esta página. Ante cualquier discrepancia prevalece el texto publicado en el BOE o por el MITECO.

Contenido informativo elaborado a partir de fuentes oficiales y de la operativa real de Sanwa Energía. No constituye asesoramiento jurídico; el texto oficial prevalece. Cómo elaboramos y revisamos este contenido