En la práctica
La calidad del expediente es lo que determina el plazo real de tramitación: uno completo y coherente (fechas, modelos, potencias y direcciones cuadran entre documentos) pasa la verificación a la primera; uno con incoherencias encadena subsanaciones.
Base legal
RD 36/2023, art. 2.j; Orden TED/815/2023, art. 14